El dictamen pericial, redactado por D. Juan Antonio Sanz, Ingeniero Industrial colegiado n.º 11.962, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, solicitado por la Asociación Nacional de Fabricantes de Conductos para Aire (ANFACA) y visado por el COIIM, presenta las características técnicas básicas del sistema JET FAN, sus aplicaciones y su ajuste a normativa para los diferentes usos. En concreto, determina que este sistema no es adecuado para evacuación de humos en caso de incendio y para evacuación de CO en aparcamientos subterráneos públicos y privados.

Conclusiones más destacadas

La documentación consultada para la redacción de dicho informe es la siguiente: 👉Código Técnico de la Edificación👈 (CTE), el 👉Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios👈 (RIPCI), NORMAS UNE presentes en el DB SI y RIPCI, nueva versión de la 👉NORMA UNE 235851👈 de Seguridad contra incendios Sistemas de control de humo y calor y nueva versión de la 👉NORMA UNE 100166👈, de Ventilación de Aparcamientos.

Basándose en el estudio realizado, y visado por el COIIM, se llega a la conclusión de que los sistemas de ventilación por impulsos (JET FAN) no son adecuados para la evacuación de humo en caso de incendio que facilite la evacuación de ocupantes en garajes. Esto es lo que requiere el CTE DB SI 3.8, de obligado cumplimiento. Tampoco son los más adecuados para la extracción de CO en aparcamientos que requiere el CTE DB HS3, de obligado cumplimiento.

Se demuestra en dicho dictamen, tanto técnicamente como a nivel normativo, que los sistemas JET FAN se recomiendan para su uso en túneles (unidireccionales, de no mucha longitud, no congestionados), y como sistema de activación manual posterior complementario al de conductos. Así se facilita la extinción y se evita la propagación del incendio una vez se han evacuado los garajes, por actuación previa automática de los sistemas tradicionales de admisión y extracción por conductos.

Los sistemas de ventilación por impulsos está totalmente desaconsejado para la fase de evacuación, y no es válido para dicha evacuación, ya que puede resultar peligrosa y dañina para los ocupantes que están evacuando.

Otra limitación a los sistemas de ventilación por impulsos es su incompatibilidad de funcionamiento con los rociadores, cosa que no sucede con los sistemas tradicionales de conductos. Esta limitación es importante, porque supone que si los JET FAN no entran en funcionamiento hasta que los rociadores no actúen, se pierde mucha efectividad en la evacuación de humos. Este es un factor que deja claramente en desventaja a los sistemas de ventilación por impulsos (tipo Jet Fan) frente a los sistemas convencionales de conductos, para la evacuación de humos en aparcamiento.

En referencia a la extracción del Monóxido de Carbono (CO) se pone de manifiesto la no idoneidad de este sistema de ventilación para el uso en aparcamientos. Al activarse el JET FAN se produce un barrido del aire contaminado hacia la parte delantera, con lo que provocaríamos zonas con exceso de concentración de CO y N02 en sitios ocupados, en su camino de barrido hacia el exterior. Precisamente, se desaconseja totalmente la activación de la ventilación por impulsos por sistemas automáticos de detección, pues hace ingobernable el flujo de aire que barre.

Los 👉conductos de extracción metálicos con marcado CE👈 son los únicos reconocidos en el CTE como sistemas para extracción de humo en caso de incendio en garajes y aparcamientos. Según la normativa vigente, el Jet Fan solo podrá utilizarse en “espacios de reducida esbeltez” y túneles de carretera de pequeña longitud y unidireccionales, pero no existe ninguna norma legal que autorice dichos sistemas para garajes y aparcamientos de cierta envergadura.

Les dejamos un enlace al dictamen pericial para que consulten todo lo expuesto en el artículo:

👉DICTAMEN PERICIAL👈

👉DICTAMEN PERICIAL ACTUALIZADO 2019👈

CONAIRE factory, la ventilación eficiente.